Ferry Bateau
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Condiciones
Generales - Ferry Bateau
Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES DE TRANSPORTE

DATOS IDENTIFICATIVOS Y FISCALES

Nombre comercial / razón social mostrada: FERRY BATEAU
CIF/NIF: B72274228
Entidad de contacto: VIAJES BATEAU MAROC S.L.
Teléfono: 609477576
Correo electrónico: reservas@ferrybateau.com
Domicilio: Calle Acera de la Marina nº 4, 11201, Algeciras, Cádiz, Andalucía, ES
Título y licencia: CIAN 116512-2


1. GENERAL

Todos los pasajes, viajes y otros servicios realizados por la Compañía están sujetos a los términos y condiciones establecidos en este Contrato de Transporte y pueden ser modificados o rectificados por la Compañía en cualquier momento y sin previo aviso.

Las presentes Condiciones pueden consultarse a través de nuestros canales de reserva digitales y están disponibles a solicitud de cualquier agente a través del cual se haya realizado una reserva.


2. APLICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ESTAS CONDICIONES

La Compañía otorga un Contrato de Transporte con el Pasajero, que surtirá efecto a partir del momento en que se confirma la reserva, por el que acepta transportar Pasajeros, sus Equipajes y Vehículos conforme a las presentes Condiciones.

En caso de que los Pasajeros, Equipajes o Vehículos sean transportados en virtud de un Contrato de Transporte hecho en su nombre por otra Persona, se considerará que dicha persona cuenta con la autorización del Pasajero para contratar y haber contratado con la Compañía bajo estas Condiciones.

Las disposiciones y limitaciones del Convenio de Atenas relativo al Transporte de Pasajeros y sus Equipajes por Mar, firmado en Atenas en 1974, según haya sido modificado o vuelto a promulgar (el “Convenio de Atenas”), y/o el Reglamento (CE) n.º 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente, según corresponda, se considerarán parte integrante del presente Contrato de Transporte.

Cuando las presentes Condiciones entren en conflicto con una norma imperativa de la ley, regulación o convenio que rija un Contrato de Transporte u otro contrato de transporte, prevalecerán las normas de dicha ley, regulación o convenio, pero solo en la medida en que exista conflicto. Todos los demás términos de estas Condiciones seguirán prevaleciendo en la medida permitida por la ley.

En caso de que cualquier ley, regulación o convenio aplicable obligue o permita que se impongan límites a la responsabilidad de la Compañía, las presentes Condiciones incorporarán dichos límites.

Este Contrato de Transporte se aplicará a cualquier persona que haya hecho una Reserva con otro Transportista y luego viaje con la Compañía como Transportista ejecutor.

Siempre con sujeción a las disposiciones del Convenio de Atenas, todo derecho, exención, limitación, condición y libertad contenidos en estas Condiciones se ampliarán para proteger a todos los empleados, agentes, contratistas independientes o Transportistas ejecutores de la Compañía que actúen en el desempeño de sus funciones, así como al buque y a todos los propietarios, fletadores y armadores del mismo.

La Compañía actúa como agente o fiduciario en nombre y en beneficio de todas esas personas y, a los efectos de las presentes Condiciones, serán consideradas partes de cualquier contrato cubierto por estas Condiciones.


3. RESERVAS

De acuerdo con la regulación S.O.L.A.S. y la Directiva 98/41/CE, es obligatorio, por razones de seguridad, indicar la siguiente información al realizar la reserva:

  • Apellido
  • Nombre
  • Inicial
  • Sexo
  • Fecha de nacimiento
  • Nacionalidad
  • Número de teléfono
  • Dirección de correo electrónico
  • Tipo de vehículo
  • Número de matrícula

Los pasajeros que no sean residentes o nacionales de un Estado miembro de la UE deberán proporcionar, además:

  • Número de pasaporte
  • Fecha de caducidad del pasaporte

Los pasajeros que requieran cuidados especiales deberán notificarlo a su agente de viajes o a las oficinas centrales de reservas de la Compañía.


4. INFORMACIÓN DE CONTACTO DE LOS PASAJEROS

Aconsejamos a los pasajeros que, en el momento de comprar sus billetes, proporcionen a la agencia emisora su número de teléfono, preferiblemente su número de teléfono móvil, para que puedan ser informados en caso de retraso, cancelación o suspensión de los itinerarios.

En caso de que los pasajeros no deseen proporcionar información de contacto, la Compañía no asumirá responsabilidad alguna, puesto que los pasajeros no podrán ser informados en caso de retraso, cancelación o suspensión de los itinerarios.


5. BILLETES

Los billetes son válidos durante un año a partir de la fecha de emisión inicial, excepto aquellos billetes que tengan una validez restringida.

El billete se emite en nombre del pasajero y es estrictamente personal. No es transferible y es válido únicamente para el alojamiento específico y el viaje para los que se ha emitido.

En el momento de facturar, todos los pasajeros deberán acreditar la titularidad de su billete presentando el documento nacional de identidad o pasaporte en vigor.

La Compañía no se hace responsable en caso de que una persona distinta de la que tiene derecho a viajar según el billete, presentando documentos de identificación correspondientes al pasajero cuyo nombre aparece en el billete, haya viajado y/o haya solicitado un reembolso.

El número de matrícula del vehículo transportado deberá coincidir con el que figure en el billete.


6. CANCELACIONES Y REEMBOLSOS

En función del momento de la cancelación, serán reembolsadas las siguientes cantidades, quedando excluidas las ofertas especiales:

  • Reembolso del 100 % hasta 24 horas antes de la salida del barco.
  • Reembolso del 80 % cuando la cancelación se realice con menos de 24 horas antes de la salida del barco.
  • No habrá derecho a reembolso en caso de cancelaciones realizadas después de la salida del buque o si el pasajero no se presenta en el check-in.

Los pasajeros tienen derecho a convertir su billete en ABIERTO o a realizar una nueva reserva para otra fecha, hasta 2 horas antes de la salida del buque, con vigencia de un año a partir de la fecha de emisión inicial.

En caso de cancelación parcial de un viaje de ida y vuelta en el que ya se haya completado una travesía, se cobrará al pasajero la tarifa de un solo trayecto y se ofrecerá la compensación correspondiente de la tarifa del viaje de ida y vuelta mediante el reembolso que proceda según lo descrito anteriormente.

En caso de cancelación completa de un viaje de ida y vuelta, el pasajero obtendrá el reembolso correspondiente según lo descrito más arriba, en función del momento de la cancelación.

La solicitud de reembolso deberá efectuarse por escrito, y el reembolso podrá tramitarse en un plazo de hasta tres meses desde la solicitud.

Las cancelaciones y los reembolsos solo podrán tramitarse a través de la Agencia de Viajes, el Agente de Ventas Premium o las oficinas de la Compañía donde se emitieron los billetes.

Las Agencias Portuarias pueden cancelar un billete una vez concluida la facturación, pero no pueden devolver el dinero.


7. COSTES DE TRANSPORTE

Todas las tarifas ofrecidas por la Compañía solo estarán a disposición de los residentes del país en el que se ofrecen, y todas las reservas se confirmarán sobre esa base.

Las tarifas de los billetes comprados en otros países o a bordo pueden variar debido a las fluctuaciones en los tipos de cambio.

Las tarifas de transporte incluyen las tasas portuarias; no obstante, los derechos aduaneros, impuestos u otros gastos serán responsabilidad del Pasajero.

Las comidas y bebidas no están incluidas.

Si se produce un incremento en el coste operativo general del suministro de los productos y servicios descritos en los folletos de la Compañía, nos reservamos el derecho de aplicar un recargo en el momento de efectuar la reserva.

Asimismo, el recargo podrá aplicarse después de la confirmación de una reserva y antes de la fecha del viaje, si se produce un incremento de los costes operativos generales del suministro de los productos y servicios contratados.

Si se produce un aumento en el precio del combustible u otros costes después de la emisión de la confirmación de la reserva, la Compañía se reserva el derecho de aumentar la tarifa en la medida necesaria para garantizar que esta siga siendo equivalente en la moneda normalmente empleada por la Sociedad o después de tomar en consideración dicho aumento, según corresponda.


8. RESERVAS PARA GRUPOS, DESCUENTOS Y VARIACIÓN EN SERVICIOS

Las tarifas para grupos están sujetas a un régimen especial establecido con la Compañía, las Agencias de Viajes y los Agentes de Ventas Premium.

Un grupo se compone de un mínimo de 20 pasajeros que paguen la tarifa completa.

Descuentos

Los pasajeros que tengan derecho a tarifas reducidas deberán indicarlo en el momento de efectuar la reserva. Una vez emitido el billete, no se admitirán devoluciones por diferencias en el precio.

Variación en los servicios

Siempre que sea necesario, un buque podrá salir antes o después de la hora anunciada o programada.

Las confirmaciones de reserva y la información relacionada con variaciones e interrupciones del servicio, incluidos retrasos y cancelaciones, serán enviadas por cualquier medio adecuado, incluidas las direcciones de correo electrónico o SMS facilitadas a la Compañía en el momento de la Reserva, y se considerarán evidencia aceptable de comunicación respecto de tales variaciones.

Los pasajeros deberán cumplir y seguir las instrucciones dadas por la Compañía respecto a las modificaciones e interrupciones del servicio, incluidos los retrasos y las cancelaciones de viajes, cualquiera que sea el medio por el que las hayan recibido.

La Compañía no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto ocasionado a cualquier pasajero que no siga las instrucciones dadas en relación con las variaciones del servicio, interrupciones, retrasos o cancelaciones.

Si, por cualquier razón fuera del control de la Compañía, el transporte de Pasajeros, Equipaje o Vehículos a su puerto elegido de destino en el barco en que hayan embarcado, o su desembarco de dicha nave, se ve impedido u obstaculizado, la Compañía podrá:

  • Cancelar el viaje.
  • Modificar la ruta anunciada.
  • Retrasar la nave en o fuera de cualquier puerto o lugar.

La Compañía no será responsable de ningún daño, ya sea económico, emergente o de otro tipo, detención, retraso, desvío, gasto o daño causado directa o indirectamente por o a cualquier Persona o Pasajero, o por imposibilidad de ejecutar el Contrato de Transporte en lo referente al transporte o cualquier otra parte del mismo, cuando ello sea causado por o resulte de cualquier razón fuera del control de la Compañía (Fuerza Mayor).


9. DERECHOS DE LOS PASAJEROS QUE VIAJAN POR MAR Y POR VÍAS NAVEGABLES

(REGLAMENTO UE N.º 1177/2010)

La Compañía reconoce los derechos de los Pasajeros, incluidos los establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1177/2010.

La Compañía se esforzará por garantizar que todos los pasajeros puedan utilizar sus servicios, siempre que sea factible y seguro hacerlo.

Todos los pasajeros potenciales, incluidas las Personas con discapacidad o con movilidad reducida, tienen derecho a hacer una reserva con la Compañía para viajar en barco en las mismas condiciones que cualquier otro Pasajero, informando a la Compañía en el momento de realizar la reserva o, al menos, con 48 horas de antelación si precisan asistencia especial.

Si un Pasajero avisa con menos de 48 horas de antelación de sus necesidades de asistencia, la Compañía hará todo cuanto sea razonable para satisfacer dicha necesidad, aunque es posible que no siempre pueda proporcionarla.

En tales circunstancias, el Pasajero podría no poder viajar si la asistencia solicitada es necesaria para el transporte o el embarque en condiciones seguras y operativamente viables.

La Compañía proporcionará la asistencia necesaria a pasajeros con discapacidad o movilidad reducida para que puedan desplazarse hasta un asiento adecuado o una cabina, guardar y recuperar Equipaje, desplazarse hasta las instalaciones de aseo, y salir del barco para el desembarque al final del viaje.

Si un pasajero necesita asistencia con cuidados personales, como alimentarse, respirar, usar medicamentos o ir al baño, puede ser necesario que viaje con un acompañante que le ayude.

En determinadas circunstancias y cuando sea estrictamente necesario, la Compañía podrá solicitar que una persona con discapacidad o movilidad reducida viaje acompañada por otra persona que sea capaz de proporcionar los cuidados y la asistencia requerida.


10. PERSONAS CON AFECCIONES MÉDICAS Y EMBARAZADAS

Todo Pasajero que padezca una afección médica o de salud conocida o sospechada que desaconseje los viajes por mar por razones sanitarias o médicas, así como las mujeres con una gestación superior a 28 semanas, deberán notificar su situación a la Compañía en el momento de realizar la reserva y, a petición de la Compañía, aportar un certificado médico que confirme su aptitud para viajar, a más tardar 48 horas antes de la hora prevista de salida y a su propio cargo.

La Sociedad no podrá aceptar el transporte de una pasajera cuya gestación supere las 34 semanas en la fecha de partida.

La Compañía podrá, a su discreción, denegar el transporte de cualquier Pasajero que se encuentre en los supuestos anteriores, aun contando con un certificado médico y, siempre con sujeción a las disposiciones del Reglamento de Responsabilidad en materia de Transporte de Pasajeros y a los derechos de los Pasajeros reconocidos por otras leyes y reglamentos, no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto ocasionado por su negativa a transportar a dicho Pasajero o por cualquier embarque denegado.


11. MENORES NO ACOMPAÑADOS

La Compañía se negará a transportar a pasajeros no acompañados que, en la fecha del viaje, tengan menos de 15 años de edad.

Los menores entre 15 y 18 años podrán viajar sin acompañante si su padre, madre o tutor legal presenta su consentimiento por escrito para que el menor viaje de forma independiente en el momento de realizar la reserva.

La autorización correspondiente está disponible en las oficinas de la Compañía.


12. TRANSPORTE DE EQUIPAJE

Todo equipaje deberá estar debidamente embalado por el Pasajero y su contenido no deberá sobresalir.

La Compañía no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto que pueda producirse debido a que el Pasajero no haya embalado adecuadamente el Equipaje.

La Compañía podrá negarse a aceptar Equipaje que esté embalado o etiquetado de forma inadecuada, que muestre signos de daño o que presente un riesgo inaceptable para la salud, la seguridad o el bienestar de los Pasajeros, de la tripulación y de otras Personas.

La Compañía no será responsable de los artículos confiados y aceptados para su transporte como Equipaje que, en realidad, no sean Equipaje, salvo que se demuestre que la Compañía los aceptó sabiendo que no lo eran.

La Sociedad podrá entregar cualquier Equipaje que se le haya confiado previa presentación de una prueba razonable de titularidad. En ausencia de dicha prueba, podrá negarse a entregarlo y retenerlo por cuenta y riesgo del Pasajero o propietario.

En cualquiera de estos casos, la Compañía no tendrá responsabilidad alguna por la entrega del Equipaje.

La Compañía entregará el Equipaje que se le haya confiado en un tiempo razonable y con sujeción a las presentes Condiciones; no obstante, no se compromete a transportarlo en el mismo barco en el que viaje el Pasajero ni a entregarlo en un momento determinado, salvo acuerdo expreso.

El Equipaje personal acompañado utilizado para fines sociales, nacionales o privados podrá llevarse por los Pasajeros a pie de forma gratuita.

Las mercancías de cualquier tipo, por ejemplo aquellas transportadas como carga o con fines distintos al uso social, nacional y privado, deberán ser cargadas y abonadas según las tasas de porte aplicables en cada momento.

Todo Equipaje personal acompañado deberá ser apto para el uso previsto teniendo en cuenta la naturaleza y el peso de su contenido, que deberá estar adecuadamente embalado y no sobresalir.

Todos los pasajeros sin vehículo a bordo tienen derecho a llevar un máximo de 30 kg de equipaje personal.

El pasajero es responsable de la colocación y retirada de cualquier Equipaje que lleve consigo, y deberá asegurarse de que no bloquee las vías de evacuación ni el acceso a los equipos de seguridad, ni suponga riesgo de daños para otras Personas.

La Compañía no será responsable de la pérdida o daño de dinero, valores negociables, oro, plata, joyas, adornos, objetos de arte u otros objetos de valor, salvo que tales objetos hayan sido depositados con la Compañía o con otro Transportista para su custodia, en cuyo caso serán responsables hasta el límite previsto en el Convenio de Atenas, salvo que se hubiera acordado por escrito un límite superior antes de la salida.


13. OBJETOS PERDIDOS Y EQUIPAJE NO RECLAMADO CONFIADO A LA COMPAÑÍA

La Compañía no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto ocasionado por cualquier motivo a cualquier Equipaje u otra propiedad, salvo el Equipaje no reclamado que se le haya confiado, que se haya dejado en instalaciones o naves de la Compañía.

Todo el Equipaje y otros objetos encontrados por un Pasajero en o sobre buques u otras instalaciones de la Compañía se considerarán en posesión de la Sociedad y deberán ser entregados inmediatamente a la Compañía.

Si cualquier Equipaje confiado a la Compañía para su carga, descarga o transporte en barco no ha sido reclamado al llegar a su destino, podrá almacenarse por un período máximo de tres meses, salvo que la Compañía cobre por ese servicio un precio razonable por su almacenamiento.

La Compañía no será responsable de cualquier pérdida o daño del Equipaje almacenado por las razones descritas anteriormente.

La Compañía podrá abrir y examinar el contenido de cualquier Equipaje en cualquier momento y, sin incurrir en responsabilidad, retirar o destruir cualquier parte del mismo que, en su opinión razonable, pueda causar lesiones, inconvenientes, molestias a Personas, daños a la propiedad o poner en peligro la salud, la seguridad o el bienestar de los Pasajeros, de la tripulación y de otras Personas.

Si el Equipaje no se retira dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se reciba, la Compañía podrá venderlo y retener del importe obtenido todo el dinero que se le deba por gastos de almacenamiento o venta.

Si la Compañía considera que el valor del Equipaje es insuficiente para cubrir lo adeudado o el coste de venta, podrá disponer del mismo como considere oportuno.


14. EXAMEN O DETENCIÓN DE EQUIPAJES POR ADUANAS U OTRAS AUTORIDADES

Los pasajeros deberán asistir personalmente al examen de sus Equipajes por las autoridades aduaneras, hayan sido o no encomendados a la Compañía.

La Compañía no será en ningún caso responsable de cualquier pérdida, daño o gasto que surja del incumplimiento del Pasajero respecto a los requisitos de las autoridades aduaneras, ni de su negativa a transportar como consecuencia de dicho incumplimiento.

La Compañía tampoco será responsable de cualquier pérdida, daño o gasto que surja de su negativa a transportar cualquier Vehículo o mercancías en relación con la detención de dicho Vehículo o mercancías por las autoridades aduaneras, gubernamentales u otras.

Durante dicha retención, la Compañía mantendrá el vehículo o las mercancías por cuenta y riesgo exclusivos del propietario.


15. FALTA DE ENTREGA

Si el pasajero o propietario desatiende o se niega a aceptar la entrega de cualquier Equipaje o Vehículo, o si la Compañía no puede entregarlo debido a que no se haya proporcionado ninguna declaración, certificado u otro documento conforme a la legislación o reglamento aduanero, gubernamental u otro en el puerto de descarga, la Compañía podrá reenviar el Equipaje o Vehículo, si ya hubiera sido desembarcado, y devolverlo al puerto de embarque, corriendo el Pasajero o propietario con los gastos y con sujeción a las presentes Condiciones.


16. APARCAMIENTO Y ACCESO A LOS VEHÍCULOS A BORDO

Está prohibido el acceso a los Vehículos en la cubierta de vehículos después de la salida del buque.

Todos los vehículos deberán quedar estacionados con el freno de mano activado, las alarmas desactivadas y una marcha engranada.

Los pasajeros que no cumplan esta Condición podrán ser considerados responsables de cualquier pérdida o daño causado en virtud de las presentes Condiciones.

Armas de fuego y mercancías peligrosas

Todas las mercancías peligrosas especificadas en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), así como las que se determinen en la legislación nacional o en las normas y reglamentos de la Compañía, deberán declararse por escrito antes de ser presentadas para su transporte y requerirán autorización previa de la Compañía.

Se incluyen todas las formas de gas comprimido, excepto la cantidad mínima necesaria de oxígeno médico, que si es necesaria para un pasajero durante la travesía deberá ser notificada a la Compañía en el momento de la reserva.

Todos los cilindros de gases inflamables y tanques de aire comprimido, por ejemplo tanques de buceo, deberán transportarse vacíos.

Inflamables, explosivos, corrosivos, armas de fuego y cualquier otro artículo que pueda implicar un riesgo innecesario no deberán empaquetarse en el Equipaje.


17. MASCOTAS

Las mascotas solo podrán viajar si van acompañadas de un pasajero.

A bordo existen perreras disponibles, que pueden solicitarse en recepción.

Los propietarios o tutores deberán llevar durante el viaje la documentación sanitaria de su mascota en regla, así como todos los certificados requeridos por las autoridades de España y Marruecos. Los ciudadanos de la UE están, además, obligados a disponer del pasaporte para mascotas de la UE.

Para perros, gatos y hurones es obligatorio contar con un documento válido de vacunación contra la rabia.

Para obtener más información, se recomienda consultar con el veterinario y con el agente de viajes local.

No se permiten mascotas en el interior de bares, restaurantes y otras zonas públicas.

Mientras se transite por cubiertas al aire libre, los animales deberán llevar bozal y correa, acompañados por su propietario.

El dueño o tutor será plenamente responsable del cuidado, seguridad e higiene del animal y del cumplimiento de toda la normativa aplicable, así como de cualquier daño que el animal pueda causar a terceros.

Quedan excluidos de las restricciones anteriores los animales de asistencia que acompañen a personas con discapacidad, siempre que sus propietarios dispongan de los certificados adecuados.


18. INTRODUCCIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL EN LA UE

Los pasajeros que introduzcan carne o productos lácteos procedentes de fuera de la UE pueden estar importando enfermedades animales.

La introducción de estos productos en la UE está sujeta a controles veterinarios y procedimientos estrictos.

Los pasajeros deberán presentar estos productos en los puntos de control oficial. En caso contrario, podrán ser multados o sometidos a enjuiciamiento penal.


19. REGISTROS

Se solicita al pasajero que acepte que la Compañía y cualquier autoridad portuaria correspondiente tienen derecho a llevar a cabo registros de pasajeros y vehículos en aplicación de requisitos estatutarios u otras exigencias legales.


20. RESPONSABILIDADES DE LOS PASAJEROS

Cualquier Pasajero u otro propietario de Equipaje o Vehículos transportados deberá indemnizar a la Compañía por cualquier responsabilidad de cualquier índole incurrida o sufrida por la Compañía o por sus empleados, agentes, contratistas independientes o Transportistas ejecutores, causada por:

  • La aceptación y el transporte de cualquier Equipaje o Vehículo respecto del cual el Pasajero o propietario no haya cumplido con sus obligaciones conforme a estas Condiciones.
  • Cualquier Pasajero, Equipaje o Vehículo al que se le niegue el permiso para desembarcar en cualquier puerto por aplicación de la legislación o reglamentos de aduanas o inmigración.
  • Cualquier incumplimiento por parte del Pasajero o propietario de estas Condiciones, o de las normas, reglamentos e instrucciones dadas por la Compañía, sus empleados o agentes, o cualquier otra negligencia o incumplimiento del Pasajero o propietario.

21. SEGURIDAD

Los Pasajeros deberán prestar atención y cumplir todos los reglamentos y avisos relativos a la seguridad del buque, su tripulación, los Pasajeros y cualquier otra Persona, así como las instalaciones de la terminal y los requisitos y reglamentos sobre inmigración.

Toda Persona deberá estar preparada para permitir, previa petición, un registro de su persona, vehículo o equipaje por cualquier Persona autorizada y para contestar a sus preguntas. Si un Pasajero no está de acuerdo con dicha solicitud, no se le permitirá viajar.

Se espera de todos los Pasajeros que se comporten de manera respetuosa con la salud, la comodidad y la seguridad de todas las Personas a bordo de nuestros barcos y dentro de las zonas portuarias, incluidos los terminales.

También se espera que los Pasajeros cumplan todas las peticiones razonables del personal.

Si una Persona no se comporta adecuadamente o, en opinión de la Compañía, su conducta es motivo de preocupación, la Compañía se reserva el derecho de impedir su embarque, solicitar su desembarque, restringir sus movimientos a bordo y obligarle a abandonar inmediatamente las instalaciones de la terminal.

La Compañía no reembolsará el importe abonado ni asumirá responsabilidad alguna frente a cualquier Pasajero cuyo viaje haya sido impedido o cancelado como consecuencia del incumplimiento de esta Condición.


22. DATOS PERSONALES

Tomamos muy en serio nuestras responsabilidades respecto a su privacidad y a la seguridad de la información personal que nos ha facilitado.

Los datos que obtenemos de usted son necesarios para gestionar su Reserva o para ponernos en contacto con usted y avisarle de variaciones necesarias en nuestros servicios.


23. DIVISA A BORDO

La moneda utilizada a bordo es el euro. Se aceptan las principales tarjetas internacionales de crédito.


24. FUMAR

A bordo no se permite fumar en las zonas públicas interiores.

Es delito obstruir o desconectar cualquier alarma de incendio o humo en cualquiera de nuestros buques.


25. CONTÁCTENOS

Para cualquier consulta u otras cuestiones, póngase en contacto con nuestro Departamento de Servicio al Cliente.


RESUMEN DE LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS DERECHOS DE LOS PASAJEROS QUE VIAJAN POR MAR Y POR VÍAS NAVEGABLES EN CASO DE ACCIDENTE

DERECHOS DE LOS PASAJEROS

Derecho de indemnización por muerte o lesión de un pasajero

Suceso relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por parte del transportista o de la compañía de seguros del transportista de hasta 250.000 unidades de cuenta (DEG), salvo en los casos que escapen al control del transportista, como acto de guerra, catástrofe natural o acción de un tercero.

La indemnización puede ascender a 400.000 unidades de cuenta, a menos que el transportista demuestre que el suceso que originó las pérdidas no es imputable a su culpa o negligencia.

Suceso no relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por el transportista o la compañía de seguros del transportista de hasta 400.000 unidades de cuenta, si demuestra que el suceso es imputable a la culpa o negligencia del transportista.


Derecho de indemnización por pérdida o daño sufrido por equipaje de camarote

Suceso relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por el transportista de hasta 2.250 unidades de cuenta, salvo que el transportista demuestre que el suceso que originó las pérdidas no es imputable a su culpa o negligencia.

Suceso no relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por el transportista de hasta 2.250 unidades de cuenta, si demuestra que el suceso es imputable a la culpa o negligencia del transportista.


Derecho de indemnización por pérdida o daño sufrido por equipaje, excepto el equipaje de camarote

El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por el transportista de hasta:

  • 12.700 unidades de cuenta en el caso de vehículos, incluido el equipaje dentro o sobre los vehículos.
  • 3.375 unidades de cuenta en el caso del resto del equipaje.

Salvo que el transportista demuestre que el suceso que originó las pérdidas no es imputable a su culpa o negligencia.


Derecho de indemnización por pérdida o daños sufridos por objetos de valor

El pasajero tendrá derecho a recibir una indemnización por el transportista de hasta 3.375 unidades de cuenta por la pérdida o daños sufridos por dinero, efectos negociables, oro, plata, joyería, ornamentos y obras de arte, siempre que tales objetos hayan sido entregados al transportista y este los haya aceptado para su custodia.


Derecho de indemnización del pasajero con movilidad reducida por pérdida o daño sufrido por equipos de ayuda a la movilidad u otros equipos específicos

Suceso relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir del transportista una indemnización equivalente al valor de sustitución del equipo correspondiente o, cuando proceda, al coste de su reparación, salvo que el transportista demuestre que el suceso que originó las pérdidas no es imputable a su culpa o negligencia.

Suceso no relacionado con la navegación:
El pasajero tendrá derecho a recibir del transportista una indemnización equivalente al valor de sustitución del equipo correspondiente o, cuando proceda, al coste de su reparación, si demuestra que el suceso que originó las pérdidas es imputable a la culpa o negligencia del transportista.


Derecho de anticipo en caso de suceso relacionado con la navegación

En caso de muerte o lesión, el pasajero u otra persona con derecho a recibir una indemnización tendrá derecho a un anticipo para cubrir sus necesidades económicas inmediatas.

El anticipo se calculará según el daño causado, se abonará en un plazo de quince días y ascenderá, como mínimo, a 21.000 euros en caso de muerte.


ASPECTOS DEL PROCEDIMIENTO Y OTRAS CUESTIONES

Notificación por escrito

En caso de daño sufrido por el equipaje de camarote u otro equipaje, el pasajero deberá notificarlo por escrito y dentro del plazo correspondiente al transportista.

Si el pasajero no cumple con el procedimiento indicado, perderá el derecho de indemnización.

Plazos de ejercicio de los derechos de los pasajeros

Por regla general, toda reclamación de indemnización deberá presentarse ante el tribunal competente en el plazo de dos años.

El inicio del plazo puede variar según la naturaleza de la pérdida.

Excepciones con respecto a la responsabilidad

La responsabilidad del transportista podrá verse reducida si este demuestra que la culpa o negligencia del pasajero originó o contribuyó a su muerte o lesión, o a la pérdida o daño sufrido por su equipaje.

Los límites de los importes de indemnización no serán aplicables si se demuestra que el daño fue causado por una acción del transportista, de un empleado o de un agente suyo, con intención de causarlo o a sabiendas de que probablemente se producirían daños.


NOTAS

1. Resumen redactado de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009 (DO L 131 de 28.5.2009, p. 24), sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente.

2. La pérdida o daño sufrido por accidente se calcula a partir de “unidades de cuenta”, las cuales son el “derecho especial de giro” (DEG) para los Estados Parte que son miembros del Fondo Monetario Internacional (todos los Estados miembros de la UE). Puede consultarse información y tipos de cambio del DEG en:
http://www.imf.org/external/np/exr/facts/sdr.htm

El 26 de noviembre de 2012: 1 SDR = 1,18 euros.

3. En caso de daño visible, el pasajero notificará por escrito al transportista antes de desembarcar o en el momento del desembarque, respecto del equipaje de camarote, y antes de que este sea devuelto o en el momento de su devolución.

En caso de daño no visible o pérdida del equipaje, la notificación deberá darse dentro de los quince días siguientes a la fecha de desembarco o de devolución por el transportista, o a la fecha en que la devolución debería haberse efectuado en caso de pérdida.

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